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26 de Abril de 2024

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MINISTERIO DE TRANSPORTE - SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

EDICTO

Conforme los términos del artículo 2° de la Resolución N° 180 de fecha 31 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE y visto lo obrado en el Expediente N° EX-2019-93834339-APN-DGD#MTR, se comunican los siguientes servicios a cubrir, a los efectos de que los interesados se presenten dando cumplimiento a lo dispuesto por el Anexo I de la citada resolución, dentro del plazo de CUATRO (4) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de la publicación del presente:

GRUPO 1

Total: 2 servicios

I) Servicio Público

Origen: CIUDADELA (Provincia de BUENOS AIRES).

Destino: NECOCHEA (Provincia de BUENOS AIRES).

Recorrido: CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES – MAR DEL PLATA – MIRAMAR.

Rutas: RP2.

Frecuencia: CATORCE (14) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de verano y SIETE (7) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de invierno.

Tráfico: Interjurisdiccional.

II) Servicio Público

Origen: CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Destino: NECOCHEA (Provincia de BUENOS AIRES).

Recorrido: RAUCH – TANDIL – LOBERÍA.

Rutas: RN3 – RP30 – RN226.

Frecuencia: VEINTIÚN (21) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de verano y CATORCE (14) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de invierno.

Tráfico: Interjurisdiccional.

GRUPO 2

Total: 3 servicios

I) Servicio Público

Origen: NEUQUÉN (Provincia de NEUQUÉN).

Destino: MAR DEL PLATA (Provincia de BUENOS AIRES).

Recorrido: GENERAL ROCA – VILLA REGINA – CHELFORO – RÍO COLORADO – BAHÍA BLANCA – CNEL. DORREGO – TRES ARROYOS – NECOCHEA – MIRAMAR.

Rutas: RN22 – RN3 – RN228 – RP88 – RP77 – RP11.

Frecuencia: DOS (2) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de verano y DOS (2) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de invierno.

Tráfico: Interjurisdiccional.

II) Servicio Público

Origen: MAR DEL PLATA (Provincia de BUENOS AIRES).

Destino: SANTA ROSA (Provincia de LA PAMPA).

Recorrido: BALCARCE – TANDIL – AZUL – OLAVARRIA – BOLIVAR – PEHUAJO – TRENQUE LAUQUEN – PELLEGRINI – CATRILO.

Rutas: RN226 – RN3 – RP51 – RN226 – RN5.

Frecuencia: SIETE (7) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de verano y SIETE (7) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de invierno.

Tráfico: Interjurisdiccional.

III) Servicio Público

Origen: CIUDADELA (Provincia de BUENOS AIRES).

Destino: MIRAMAR (Provincia de BUENOS AIRES).

Recorrido: CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES – SANTA CLARA DEL MAR – MAR DEL PLATA.

Rutas: RP2 – RP11.

Frecuencia: CATORCE (14) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de verano y CATORCE (14) Servicios semanales de ida y vuelta durante la temporada de invierno.

Tráfico: Interjurisdiccional.

Los operadores interesados podrán presentar sus propuestas solamente para UN (1) grupo de servicios. En caso de que un operador se presente para ambos grupos de servicios, su propuesta será desestimada íntegramente para ambos grupos.

La cantidad de parque móvil ofrecido deberá coincidir con el que se requiere para cada grupo de servicios. Caso contrario, la propuesta será desestimada.

Asimismo, el parque móvil requerido que deberá ofrecerse para la prestación de los servicios deberá cumplir con las siguientes características:

Vehículo categoría M3 con carrocería de larga distancia de la categoría común con aire o superior.

A los fines de realizar el análisis de las propuestas en relación a la antigüedad promedio del parque móvil propuesto, en los términos del punto b) del Anexo III de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, se hace saber que la titularidad del mismo deberá estar en cabeza del operador interesado o encontrarse bajo la modalidad contractual de leasing cuyo tomador resulte ser el operador interesado, debidamente inscripto ante el Registro Nacional de Propiedad Automotor.

El parque móvil requerido que deberá ofrecerse para la prestación de los servicios será el siguiente:

1) GRUPO 1: OCHO (8) unidades.

2) GRUPO 2: OCHO (8) unidades.

El personal a ser absorbido por los operadores seleccionados, en los términos del apartado 2) del Anexo I de la Resolución Nº 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, será el siguiente:

1) GRUPO 1: TREINTA Y CINCO (35) trabajadores.

2) GRUPO 2: TREINTA Y CINCO (35) trabajadores.

Las autorizaciones a otorgarse revestirán el carácter de precarias y provisorias, y en tal sentido, los operadores interesados no podrán exigir ni reclamar reparación o indemnización alguna por los gastos e inversiones que deban realizar para presentar sus propuestas, así como para la correcta prestación de los servicios, en mérito a lo establecido en artículo 6° de la Resolución N° 180 de fecha 31 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, y deberán dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto N° 958/92, normas modificatorias, concordantes, complementarias y aclaratorias.

Los operadores interesados deberán presentar sus propuestas con toda la documentación requerida en sobre cerrado debiendo constituir y presentar en su propuesta, un seguro de caución en favor del MINISTERIO DE TRANSPORTE, considerando un valor de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 972.000) por vehículo, a los fines de asegurar que el operador seleccionado inicie las prestaciones en el plazo comprometido. Fecho lo cual, la garantía será devuelta al operador que así lo solicitare.

En caso de que el operador seleccionado no inicie los servicios en el plazo comprometido en los términos del punto c) del Anexo III de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, además de ejercer la opción de ejecutar la pertinente garantía de caución, se seleccionará al siguiente operador conforme el orden de mérito obtenido.

Para el caso de empate en la puntuación final, se estará a lo dispuesto en el apartado 2) del Anexo I de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.

Asimismo, se hace saber que la Autoridad de Aplicación se reserva la potestad de solicitar la información que considere pertinente a los organismos públicos y/o privados que correspondan.

Las propuestas deberán presentarse hasta el día 5 de noviembre de 2019 a las 17.59 horas en la Mesa de Entradas de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, sita en la calle Paseo Colón N° 315 piso 1°, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Posteriormente, a las 18.00 horas, en las oficinas de esta Subsecretaría se procederá a la apertura de los sobres con las propuestas que se hayan presentado.

El presente edicto se publicará por UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de octubre de 2019.

Claudia Beatriz Torres, Subsecretaria.

e. 30/10/2019 N° 82569/19 v. 30/10/2019

Fecha de publicación 30/10/2019