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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1364/2020

RESOL-2020-1364-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2020

VISTO el EX-2020-33881443- -APN-MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y

CONSIDERANDO:

Que en el orden N° 2, páginas 2/6 del RE-2020-52692953-APN-DGD#MT del EX-2020-52693203- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el EX-2020-33881443- -APN-MT, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical, y las empresas LABORATORIOS BAGÓ SOCIEDAD ANÓNIMA y QUÍMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el orden N° 2, páginas 2/4 del RE-2020-58480925-APN-DGD#MT del EX-2020-58481171- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el EX-2020-33881443- -APN-MT, obra un nuevo acuerdo suscripto entre las mismas partes, cuya homologación solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de los referidos acuerdos las partes pactan nuevas condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 136/95 “E”, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que respecto al carácter de las asignaciones y gratificaciones pactadas en los acuerdos indicados, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que en torno a la contribución empresaria extraordinaria establecida en el texto convencional obrante en el orden N° 2, RE-2020-52692953-APN-DGD#MT, del EX-2020-52693203- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el EX-2020-33881443- -APN-MT, resulta procedente hacer saber a las partes que la misma deberá ser objeto de una administración especial, ser llevada y documentada por separado, respecto de la que corresponda a los demás bienes y fondos sindicales propiamente dichos, en virtud de lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto N° 467/88, reglamentario de la Ley N° 23.551.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación de los mentados instrumentos se circunscribe a la estricta correspondencia entre el objeto de las Cámaras empleadoras firmantes, y los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (dto. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical, las empresas LABORATORIOS BAGÓ SOCIEDAD ANÓNIMA y QUÍMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante en el orden N° 2, páginas 2/5 del RE-2020-52692953-APN-DGD#MT, del EX-2020-52693203- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el EX-2020-33881443- -APN-MT, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical, las empresas LABORATORIOS BAGÓ SOCIEDAD ANÓNIMA y QUÍMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante en el orden N° 2, páginas 2/4 del RE-2020-58480925-APN-DGD#MT, del EX-2020-58481171- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el EX-2020-33881443- -APN-MT, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro de los instrumentos obrantes en el orden N° 2, páginas 2/5 del RE-2020-52692953-APN-DGD#MT, del EX-2020-52693203- -APN-DGD#MT y el orden N° 2, páginas 2/4 del RE-2020-58480925-APN-DGD#MT, del EX-2020-58481171- -APN-DGD#MT, ambos expedientes que tramitan conjuntamente con el EX-2020-33881443- -APN-MT.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 136/95”E”.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos homologados, y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/02/2021 N° 4748/21 v. 04/02/2021

Fecha de publicación 04/02/2021