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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 76/2021

RESOL-2021-76-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2021

Visto el expediente EX-2020-49659351-APN-DPRES#PFA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Seguridad.

Que la ley 24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que el decreto 1776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que las obras sociales allí detalladas dependientes de las Fuerzas Armadas, de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, quedan comprendidas dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el artículo 3° del anexo al decreto 1731 del 7 de diciembre de 2004, resultándoles de aplicación en materia presupuestaria lo establecido en el Título II, Capítulo III de la ley 24.156.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1.344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 de la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Seguridad, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I (IF-2021-12279830-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-12280067-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de doce mil cincuenta y ocho millones quinientos setenta y cinco mil quinientos veintiséis pesos ($ 12.058.575.526) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de doce mil tres millones cincuenta y tres mil trescientos once pesos ($ 12.003.053.311) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en cincuenta y cinco millones quinientos veintidós mil doscientos quince pesos ($ 55.522.215), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-12280067-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de capital y fijanse en la suma de cincuenta y cinco millones ciento veintinueve mil quinientos ochenta y cinco pesos ($ 55.129.585) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 2º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2021, en la suma de trescientos noventa y dos mil seiscientos treinta pesos ($ 392.630), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-12280067-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/02/2021 N° 9193/21 v. 23/02/2021

Fecha de publicación 23/02/2021