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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 127/2021

RESOL-2021-127-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2019-52824841-APN-DGDOMEN#MHA, los Decretos Nros. 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999 y 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999 se aprobó el modelo de Convenio de Préstamo para la realización del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales, que resultó financiado parcialmente con los recursos del préstamo otorgado por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), cuya ejecución estuvo a cargo de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que a través del Decreto N° 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BIRF, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (USD 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el PROYECTO DE ENERGÍAS RENOVABLES PARA ZONAS RURALES DE ARGENTINA (PERMER).

Que a través del Contrato de Préstamo 8484-AR de fecha 9 de octubre de 2015 suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BIRF se acordó que ambas partes de forma concurrente financiarían el PERMER.

Que el PERMER se rige por las Normas de Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios distintos a los de consultoría con préstamos del BIRF, créditos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) y donaciones por prestatario del Banco Mundial (versión 2011, actualizada 2014).

Que a través del Sistema de Seguimiento de Adquisiciones (STEP), con el código AR-SE-107159-CW-RFB, se obtuvo la autorización del Banco Mundial para la contratación a través del proceso de Licitación Pública Nacional, para la provisión e instalación de equipos fotovoltaicos en escuelas rurales de la Provincia de SALTA.

Que la ex Dirección Nacional de Promoción de Energías Renovables de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA solicitó el inicio del proceso para la adquisición e instalación de equipos solares fotovoltaicos en DOSCIENTAS SESENTA (260) escuelas rurales de la Provincia de SALTA (NO-2019-52623875-APN-DNPER#MHA).

Que mediante la Disposición N° 86 de fecha 16 de julio de 2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA se autorizó el llamado a la Licitación Pública Nacional Nº 5/2019, para la provisión e instalación de equipos fotovoltaicos e instalaciones internas en escuelas rurales de la Provincia de SALTA por la suma estimada de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL (USD 13.500.000) y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones (PLIEG-2019-62336629-APN-DGPYPSYE#MHA).

Que el 12 de agosto de 2019 se efectuó la difusión de la convocatoria a presentar ofertas en la licitación citada precedentemente mediante la publicación del aviso (IF-2019-72155714-APN-DNPERYEE#MHA) en el Boletín Oficial.

Que el 29 de agosto de 2019 mediante la Providencia Nº PV-2019-78058122-APN-DNPERYEE#MHA, se designó a los miembros titulares y suplentes del Comité de Evaluación de Ofertas, composición ratificada mediante la Providencia Nº PV-2019-101078036-APN-SSERYEE#MHA.

Que el 16 de septiembre de 2019 se realizó la apertura de OCHO (8) ofertas pertenecientes a las siguientes firmas: COBA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-70921648-8); NEWSAN SOCIEDAD ANÓNIMA como gestor – GAMMA SOLUTIONS S.L. como partícipe; MEGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-69068832-4); CORADIR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-67338016-2); SISTEMAS ENERGÉTICOS SOCIEDAD ANÓNIMA– VZH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (UT); TODO OBRAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-71080053-3); PROYECCIÓN ELECTROLUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-60127190-3); y TRE PERÚ SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (IF-2019-84992090-APN-DGPYPSYE#MHA).

Que por lo dispuesto por la Cláusula 38.1 del Pliego de Bases y Condiciones, el Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, de anular el proceso de licitación y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna para con los Licitantes.

Que resulta conveniente dejar sin efecto este proceso de compra por razones de oportunidad, mérito y conveniencia.

Que la Dirección Nacional de Generación Eléctrica de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia y recomienda dejar sin efecto el llamado a licitación.

Que en virtud de lo expuesto corresponde formalizar y dejar sin efecto el llamado a Licitación Pública Nacional Nº 5/2019 para la provisión e instalación de equipos fotovoltaicos e instalaciones internas para DOSCIENTAS SESENTA (260) escuelas rurales en la Provincia de SALTA en el marco del PERMER.

Que la Dirección de Asuntos Legales de Energía del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud las facultades conferidas por el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el llamado a Licitación Pública Nacional Nº 5/2019 para la provisión e instalación de equipos fotovoltaicos e instalaciones internas para DOSCIENTAS SESENTA (260) escuelas rurales en la Provincia de SALTA, en el marco del PROYECTO DE ENERGÍAS RENOVABLES PARA ZONAS RURALES DE ARGENTINA (PERMER).

ARTÍCULO 2°.- Dispónese la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial por el término de TRES (3) días hábiles y en el sitio web de las Naciones Unidas –UN Development Business.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 23/02/2021 N° 9217/21 v. 25/02/2021

Fecha de publicación 23/02/2021