SERVICIO EXTERIOR
Decreto 152/2021
DCTO-2021-152-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Cuba.
Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-83483723-APN-DGD#MRE, el Acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias y el Decreto N° 337 del 9 de marzo de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que el HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN ha prestado Acuerdo a la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del señor Luis Alfredo ILARREGUI, según lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.
Que, oportunamente, el Gobierno de la REPÚBLICA DE CUBA concedió el plácet de estilo al señor Luis Alberto ILARREGUI como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la REPÚBLICA ARGENTINA en dicho país.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO funcionario de la categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor Luis Alfredo ILARREGUI (D.N.I. N° 11.112.328), de conformidad con lo establecido por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE CUBA al señor Luis Alfredo ILARREGUI.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Felipe Carlos Solá
e. 12/03/2021 N° 14466/21 v. 12/03/2021
Fecha de publicación 12/03/2021