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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 145/2021

DI-2021-145-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 04/03/2021

Visto el Expediente N° EX-2021-07004449-APN-DCSYL#CNRT; y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Emergencia Nº 73-0004-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 1/2021, inherente a la adquisición de insumos, para el reacondicionamiento de la oficina de la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, que se ubica en la ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE RETIRO – Puente 0, en el marco de la Pandemia COVID- 19.

Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nros. DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID-19, como una PANDEMIA.

Que dicho procedimiento se inició a instancia de lo requerido por la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS, mediante la Nota N° NO-2020-48101677-APN-GCYPS#CNRT, a través de la cual se solicitó el mobiliario y la protección necesaria para la oficina nombrada ut supra, para que el personal pueda desarrollar sus funciones de forma segura, en el marco de la Pandemia COVID-19.

Que mediante la Nota N° NO-2020-85507325-APN-CNRT#MTR se prestó conformidad, al pedido de autorización que fuera elevado por la aludida GERENCIA, para que se proceda a la compra de los insumos objeto de la licitación que nos ocupa.

Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una CONTRATACIÓN DIRECTA POR ADJUDICACIÓN SIMPLE POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia generada por el sistema COMPR.AR, incorporada al expediente como PLIEG-2021-09349051-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-07388347-APN-DCSYL#CNRT.

Que el 02 de febrero de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose la oferta de la firma: ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT N° 27-16910912-0).

Que analizada la oferta, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N° IF-2021-10534013-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando declarar fracasado el presente procedimiento por resultar la oferta presentada inadmisible formalmente e inconveniente desde el punto de vista económico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, inciso c) del “Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional”, aprobado por el Decreto Delegado Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, y por el artículo 31 del “Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por Disposición ONC N° 62/16.

Qué la oferta presentada por la señora ROSANA MARIA LEONOR POLLERO, resulta inadmisible formalmente, ya que no ha dado cumplimiento a lo solicitado en el artículo 4.3.4 inherente a la presentación de los anexos que forman parte del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el presente proceso, e inconvenientes toda vez que las mismas en términos económicos no son beneficiosas para esta Comisión Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Disposición N° 62/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que, en consecuencia, y en virtud de lo expuesto precedentemente corresponde declarar fracasada la presente contratación.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase fracasada la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Emergencia Nº 73-0004-CDI21, que se rigió por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-07388347-APN-DCSYL#CNRT, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 1/2021, inherente a la Adquisición de insumos, para el reacondicionamiento de la oficina de la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, que se ubica en la ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE RETIRO – Puente 0, en el marco de la Pandemia COVID- 19, en los términos del artículo 11 inciso c) del “Régimen de Contrataciones de la Administración Publica Nacional”, aprobado por el Decreto Delegado Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, y por el artículo 31 del Manual de Procedimientos aprobado por Disposición N° 62/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

ARTÍCULO 2º. – Desestímese la oferta presentada por la señora ROSANA MARIA LEONOR POLLERO de acuerdo a lo establecido en los considerandos precedentes.

ARTÍCULO 3º.- Dése intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS, a los efectos de que se inicie un nuevo procedimiento y anule el presente registro preventivo de la solicitud de contratación Nº 73-2-SCO21.

ARTÍCULO 4º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dese intervención a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.

Jose Ramon Arteaga

e. 12/03/2021 N° 14286/21 v. 12/03/2021

Fecha de publicación 12/03/2021