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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1196/2021

RESOL-2021-1196-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-04953618-APN-DCYC#MS, la Ley N° 27.541, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.

Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada Ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 409/2020 el Jefe de Gabinete de Ministros estableció los principios generales y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada y que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que resulten pertinentes.

Que, en el marco de dicha competencia, la referida Oficina Nacional mediante la Disposición N° 48/2020 aprobó el procedimiento complementario al establecido en la mencionada Decisión Administrativa Nº 409/2020, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia COVID 19, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las Unidades Operativas de Contrataciones y de todos los actores involucrados en la tramitación de dichos procesos.

Que con el objeto de implementar la estrategia de vacunación COVID 19 en todo el país durante el primer semestre del año 2021, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES impulsó la adquisición de jeringas descartables, por un monto total de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 164.400.000).

Que, por lo expuesto, se encuadró el procedimiento en una Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2021, en los términos del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 409/2020 y el artículo 1° de la Disposición ONC N° 48/2020.

Que los insumos se encuentran contemplados en el listado de Productos críticos elaborado por la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS, de acuerdo al artículo 6° de la Resolución Ministerial N° 568/2020.

Que el 26 de febrero del 2021, a la hora límite de la presentación de las ofertas, a través de la plataforma COMPR.AR. se confirmaron CINCO (5) ofertas, pertenecientes a las firmas SUIZO ARGENTINA S.A., EURO SWISS S.A., PHARMA EXPRESS S.A., ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. y PROPATO HNOS S.A.I.C.

Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante la Orden de Trabajo N° 79/21, indicando que el importe informado reviste calidad de Valor de Referencia, en los términos y alcances establecidos en el punto I.c.2. del Anexo II de la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017, por cuanto del relevamiento efectuado en el mercado no ha sido factible hallar valores representativos de bienes que cumplan con la totalidad de las especificaciones técnicas solicitadas.

Que la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS elaboró el correspondiente informe técnico, del cual surge que las ofertas de las firmas EURO SWISS S.A., PROPATO HNOS S.A.I.C. y SUIZO ARGENTINA S.A. (alternativa 1) se ajustan a las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, mientras que las ofertas de las firmas PHARMA EXPRESS S.A. (alternativas 1 y 2) y SUIZO ARGENTINA S.A. (alternativa 2) no se ajustan a las condiciones requeridas en el pliego.

Que, asimismo, en el mencionado informe técnico se indicó que la oferta de la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. no se considera conveniente económicamente.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, en función de los informes técnicos y formales y la documentación obrante en las actuaciones, recomienda la adjudicación de la oferta de menor valor de la firma PROPATO HNOS S.A.I.C., por ser válida y conveniente.

Que, asimismo, la citada Dirección recomienda desestimar las ofertas de las firmas PHARMA EXPRESS S.A. (alternativas 1 y 2) y SUIZO ARGENTINA S.A. (alternativa 2) por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el pliego y la oferta de la firma ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. por no resultar económicamente conveniente.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6º de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020 y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2021, encuadrada en los términos del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1 de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020, llevada a cabo para la adquisición de jeringas descartables, así como también el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como anexo PLIEG-2021-13575185-APN-DCYC#MS forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°. - Desestímanse las ofertas de las firmas PHARMA EXPRESS S.A. (alternativas 1 y 2), SUIZO ARGENTINA S.A. (alternativa 2) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTÍCULO 3°. - Adjudícase la presente Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2021 a favor de la firma PROPATO HNOS S.A.I.C. (CUIT N° 30-55425869-3) por 20.000.000 de unidades, por la suma total de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 110.600.000).

ARTÍCULO 4°. - La suma de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 110.600.000,00) deberá ser afectada con cargo a las partidas presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio 2021.

ARTÍCULO 5°. - Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a suscribir la pertinente orden de compra.

ARTÍCULO 6°. – Publíquese en la página de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por un día y pase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a sus efectos.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/04/2021 N° 28162/21 v. 30/04/2021

Fecha de publicación 30/04/2021