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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 787/2021

RESOL-2021-787-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-79825683- -APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales (T.O. 1984) y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, los Decretos Nros. 721 de fecha 11 de junio de 2004, 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y 86 de fecha 27 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 721 del 11 de junio de 2004 dispone la constitución de la sociedad CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CORASA) en la órbita de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que el Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, estableciendo a través de su artículo 16 como atribuciones propias del Jefe de Gabinete de Ministros, las de intervenir en los planes de acción y los presupuestos de las sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados y cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área; así como en su intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución o centralización.

Que el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, asigna a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la competencia propia de administrar las participaciones del Estado en CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A..

Que en tal sentido, teniendo la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la administración de la participación del Estado en el CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A., y resultando necesario convocar a una Asamblea de Accionistas, designando un representante de los derechos de los accionistas, conforme el artículo 237, de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales (T.O. 1984) y el segundo parágrafo, inciso b) del artículo 158 del Código Civil y Comercial de la Nación, es menester designar a la persona que ejercerá la representación legal de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como administrador del CIEN POR CIENTO (100%) de los derechos de dicha sociedad anónima.

Que con fecha 15 de septiembre de 2020, se realizó la Asamblea General Unánime Autoconvocada, en donde se procedió a designar a los nuevos integrantes de la Comisión Fiscalizadora Titulares y Suplentes del CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. (CORASA), entre otros puntos del orden del día.

Que en reunión de Directorio del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CORASA), celebrada el día 26 de agosto del 2021, se ha decidido convocar a Asamblea General Ordinaria Unánime de Accionistas para el día 2 de septiembre de 2021, en primera y segunda convocatoria a las 15.00 y 16.00 horas. respectivamente, en la sede social de la citada Empresa, sita en Brandsen 2070, piso 1°, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes, resulta necesario designar la persona que ejercerá la representación legal de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en dicha Asamblea, conforme lo prescribe la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales (T.O. 1984) y sus modificatorias.

Que el señor Pablo Norberto DELGADO (D.N.I. N° 20.797.335), ha sido designado mediante el Decreto N° 86 de fecha 27 de diciembre de 2019 en el cargo de Secretario de Coordinación Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y por ello, deviene como la persona idónea para ejercer la representación de los derechos derivados de la titularidad de las acciones correspondientes al Estado Nacional en el CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CORASA), conforme a las instrucciones y cuyo ejercicio corresponde a esta Jurisdicción.

Que atento a lo expuesto, instruye al asambleísta designado a constituirse en la Sede Social de dicha entidad, en fecha 2 de septiembre de 2021, en representación de la totalidad del capital social, a efectos de adoptar por unanimidad las decisiones que se incluyen en el Anexo IF-2021-80929304-APN-SCA#JGM que forma parte integrante de la presente medida.

Que mediante IF-2021-81149843-APN-DDEPYAN#JGM, la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE EMPLEO PÚBLICO Y ASUNTOS NORMATIVOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta Jurisdicción ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, y los Decretos N° 7/19 y N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como representante de los derechos derivados de la titularidad de las acciones correspondientes al Estado Nacional en el CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (CORASA) al señor Pablo Norberto DELGADO (D.N.I N° 20.797.335), a fin de su concurrencia a la Asamblea de Accionistas Unánime para el día 2 de septiembre de 2021.

ARTÍCULO 2°.- Es función del Representante comprendido en el artículo precedente:

a) Concurrir a la Sede Social del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (CORASA) y convocar a Asamblea General Unánime.

b) Firmar el libro de Registro de Acciones.

c) Votar cada uno de los puntos del Orden del Día de acuerdo a lo establecido en las instrucciones impartidas por esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS conforme al Anexo IF-2021-80929304-APN-SCA#JGM, que como parte integrante se aprueba en este acto, y solicitar que se deje constancia en el Acta Asamblearia del sentido de su voto.

d) Remitir a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS copia del Acta de Asamblea, comunicando los resultados y decisiones adoptadas por unanimidad.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la presente medida no generará erogación alguna para este Organismo.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a los interesados.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/09/2021 N° 63567/21 v. 03/09/2021

Fecha de publicación 03/09/2021