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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS

Resolución 340/2021

RESFC-2021-340-APN-CONARE#MI

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2021

VISTO el Expediente EX-2021-122249494- -APN-SECONARE#DNM, y

CONSIDERANDO:

Que conforme el artículo 23 de la Ley de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165 establece que “Se integrarán a la Comisión con derecho a voz y sin derecho a voto: Un representante de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, que propendan a los fines objeto de esta ley que será designado por los miembros de la Comisión, teniendo en consideración su trayectoria en la asistencia y defensa en los derechos de los refugiados”.

Que a su vez, el Reglamento Interno de la CONARE aprobado por Res. MI N° 800/2009 prevé que la Comisión debe realizar la convocatoria pública mediante la publicación de la misma en el Boletín Oficial por el plazo de un día, conteniendo los plazos, condiciones y requisitos para la presentación de postulaciones (cfe. Artículo 8°).

Que en fecha 22/03/2018, fue designada la Fundación Comisión Católica Argentina de Migraciones como integrante de la CONARE en representación de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, siendo reelegida hasta el 22/03/2022 por Resolución de Firma Conjunta RESOL-2021-266-APN-SECONARE#DNM de fecha 11/11/2021. Conforme el procedimiento establecido, y atento al plazo transcurrido corresponde realizar una nueva convocatoria pública.

Que participó en las deliberaciones un representante del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emanadas del artículo 25 de la citada Ley N° 26.165.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — APRUÉBESE el llamado a convocatoria pública a las ONGs que deseen integrar la CONARE en los términos de la Ley N° 26.165 y el correspondiente texto de convocatoria a publicar que como ANEXO IF-2021-122275943-APN-SECONARE#DNM forma parte integrante del presente acto.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carlos Nazareno Ayala - Andrea Viviana Pochak - Emiliano Montini - Adriana Estela Alonso - Alfredo Mariano Lopez Rita

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/12/2021 N° 101864/21 v. 30/12/2021

Fecha de publicación 30/12/2021