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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 19/2022

DI-2022-19-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2022

Visto el Expediente N° EX-2021-100176104-APN-DCSYL#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0054-CDI21 denominada “Compulsa COVID 11/2021”, llevada a cabo para la contratación del servicio integral de limpieza con provisión de insumos para las dependencias de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ubicadas en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por el término de SEIS (6) meses con opción a prórroga por un período igual al inicial o fracción menor, en el marco de la pandemia de COVID-19.

Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.

Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por el ÁREA ARQUITECTURA de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS mediante las Notas Nros. NO-2021-77515066-APN-DCSYL#CNRT y NO-2021-82087349-APN-DCSYL#CNRT, toda vez que por Resolución N° 91/2021 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se ha dispuesto el retorno paulatino a la presencialidad laboral, bajo estándares de seguridad predefinidos por la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT) o al protocolo que resulte de la normativa vigente.

Que cabe señalar que el servicio de limpieza con provisión de insumos para esta Comisión Nacional es considerado esencial para el normal y habitual desarrollo de las actividades del Organismo bajo condiciones óptimas de seguridad y salubridad, máxime cuando el mismo resulta indispensable para evitar el contagio del virus COVID-19.

Que atento a las motivaciones descriptas ut supra, se inició un procedimiento de selección enmarcado en una “CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA- COVID-19, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición ONC N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al expediente de la referencia como informe N° PLIEG-2021-100546821-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella, todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-100216960-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.

Que el 5 de noviembre de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose las ofertas de la firma LAREDO Y ASOCIADOS S.R.L. (CUIT N° 30-59089254-4), la firma LYME S.A. (CUIT N° 30-63935839-5), la firma DISTRIBON S.R.L. (CUIT N° 33-70891842-9), la firma ALMAMI S.R.L (CUIT N° 30-70868360-0), la firma LIMPOL S.A. (CUIT N° 30-58305836-9), la firma CLARYTY S.R.L. (CUIT N° 30-70863051-5) y la firma SERVICIOS ROM S.R.L. (CUIT N° 30-71494967-1).

Que analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N° IF-2021-119743264-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia N° 73-0054-CDI21, a la firma CLARYTY S.R.L. (CUIT N° 30-70863051-5) por la suma de PESOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 ($ 13.462.762,50.-), por resultar su oferta admisible y conveniente, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego, cumplir con lo solicitado por la Unidad Requirente y ser sus precios convenientes.

Que en ese mismo orden de ideas, aconseja desestimar la oferta de la firma ALMAMI S.R.L. por no cumplir con la presentación del Anexo XI y XII del artículo 4.3.4, y la documentación solicitada en el inciso a) del artículo 4.3.5; desestimar la oferta de la firma DISTRIBON S.R.L. por no cumplir con la presentación del Anexo IX del artículo 4.3.4; desestimar la oferta de la firma LAREDO Y ASOCIADOS S.R.L. por no cumplir con la presentación del Anexo IX del artículo 4.3.4 y no presentar las muestras solicitadas en el artículo 5° del referido Pliego; desestimar la oferta de la firma LYME S.A. por presentar las muestras solicitadas en el artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares fuera de término y desestimar la oferta de la firma SERVICIOS ROM S.R.L. por no cumplir con la presentación de la documentación solicitada en los incisos c), d) y f) del artículo 4.3.5.

Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS, ha tomado intervención de su competencia.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios y en los términos del Decreto Nº 497/2021.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0054-CDI21 denominada “Compulsa COVID 11/2021”, llevada a cabo para la contratación del servicio integral de limpieza con provisión de insumos para las dependencias de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ubicadas en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por el término de SEIS (6) meses con opción a prórroga por un período igual al inicial o fracción menor, en el marco de la pandemia de COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébese las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-100216960-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia N° 73-0054-CDI21, a la firma CLARYTY S.R.L. (CUIT N° 30-70863051-5) por la suma de PESOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 ($ 13.462.762,50.-), por resultar su oferta admisible y conveniente, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, cumplir con la documentación solicitada en el mencionado Pliego, cumplir con lo solicitado por la Unidad Requirente y ser sus precios convenientes.

ARTÍCULO 4°.- Desestimese las ofertas de las firmas ALMAMI S.R.L., DISTRIBON S.R.L., LAREDO Y ASOCIADOS S.R.L., LYME S.A. y SERVICIOS ROM S.R.L. por las razones vertidas en los considerandos de la presente Disposición.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que intervendrán en la recepción de los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.

ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.

Jose Ramon Arteaga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en su totalidad a través del sitio “COMPR.AR” ingresando el número de proceso.

e. 02/02/2022 N° 3731/22 v. 02/02/2022

Fecha de publicación 02/02/2022