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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7450/2022

31/01/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS FIDUCIARIOS DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS ADMINISTRADORES DE CARTERAS CREDITICIAS DE EX-ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS REPRESENTANTES DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR NO AUTORIZADAS PARA OPERAR EN EL PAÍS,

A LOS OPERADORES DE CAMBIO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA,

A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,

A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO,

A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO QUE OFRECEN CUENTAS DE PAGO,

A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE CRÉDITOS ENTRE PARTICULARES A TRAVÉS DE PLATAFORMAS,

A LAS TRANSPORTADORAS DE VALORES:

Ref.: RUNOR 1-1717. Régimen disciplinario a cargo del Banco Central de la República Argentina, Leyes 21.526 y 25.065 y sus modificatorias. Adecuación.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución que, en su parte pertinente, establece:

“- Incorporar en la Sección 1. de las normas sobre “Régimen disciplinario a cargo del Banco Central de la República Argentina. Leyes 21.526 y 25.065 y sus modificatorias” lo siguiente:

“1.11. Disposiciones adicionales para la tramitación de los sumarios en formato digital.

Los sumarios cuya instrucción sea dispuesta a partir del 1/2/22 tramitarán en su totalidad en forma digital, mediante el aplicativo de Gestión Documental Electrónica (GDE), debiendo cumplimentar lo siguiente:

1.11.1. Durante el proceso de sustanciación de los sumarios, todos los escritos y documentos –descargos, ofrecimiento de prueba, peticiones, recursos, poderes, prueba documental, constancias de diligenciamiento de pruebas, pliegos o cuestionarios de testigos, alegatos y cualquier otros– que presenten los sumariados, sus apoderados y/o sus letrados patrocinantes, deberán ser ingresados por Mesa de Entradas del BCRA, con la debida identificación del sumario o expediente al que correspondan, en formato papel procediéndose a su digitalización para su incorporación mediante archivo “.pdf” al expediente electrónico. Se entregará al presentante una constancia de su recepción.

En igual sentido se procederá al recibir la prueba informativa, pericial o testimonial, elaborándose respecto de esta última el acta correspondiente en formato papel, que será suscripta por el testigo, los letrados y el sumariante para su posterior digitalización e incorporación al expediente digital.

En el caso de la prueba testimonial, el pliego o cuestionario a tenor del cual se pide que sean interrogados los testigos ofrecidos se presentará en un sobre cerrado para ser abierto al momento de tomar la declaración testimonial y será digitalizado conjuntamente con el acta que se menciona en el párrafo anterior.

1.11.2. Todas las actuaciones de los funcionarios intervinientes serán realizadas en el sistema GDE y suscriptas mediante firma electrónica, con la excepción de las resoluciones del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias mencionadas en el punto 1.2.1. y primer párrafo de la Sección 2., las que serán suscriptas mediante firma digital.

1.11.3. Para el supuesto contemplado en el punto 1.4.3. se incorporará al expediente digital copia digitalizada de los edictos y las constancias de su publicación.

1.11.4. Para proceder a las notificaciones en la forma dispuesta en el punto 1.5. inciso. a), se accederá al expediente digital a través de una terminal ubicada en la Mesa de Entradas de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero. A pedido del interesado se entregará una copia total o parcial en formato electrónico del expediente digital en un dispositivo de almacenamiento que aportará el interesado.

1.11.5. Cuando la notificación se produzca por alguna de las formas mencionadas en el punto 1.5. incisos a) y b), la constancia de la notificación se realizará en formato papel y se digitalizará para su incorporación mediante archivo “.pdf” al expediente digital.

1.11.6. La constancia de envío y/o recepción y/o rechazo de la notificación realizada por los medios indicados en el punto 1.5. incisos c), d), e), f) y g) se digitalizará para su incorporación mediante archivo “.pdf” al expediente digital. Cuando la notificación se realice por el medio mencionado en el punto 1.5. inciso h) el funcionario actuante podrá digitalizar e incorporar de la misma forma cualquier aviso o mensaje de cortesía que pueda remitir el BCRA.

1.11.7. En el caso de corresponder la reserva total o parcial de actuaciones del sumario frente a un pedido de vista por quien invoque interés legítimo, éste tramitará en la forma dispuesta por el Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O 2017, dentro del mismo sumario y en formato digital. Si la reserva fuere total se excluirá, al momento de otorgarse la vista, conforme el procedimiento dispuesto en el punto 1.11.4. el documento digital reservado. Si la reserva fuere parcial se incorporará al sumario una copia digital mediante archivo “.pdf” del documento correspondiente, con la tacha de las partes reservadas.

1.11.8. En el caso de apelación por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de acuerdo con lo normado en el artículo 42 de la Ley 21.526 y en la “Sección 5. Vías recursivas” del presente, la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero remitirá a dicha Cámara las actuaciones en formato digital conforme al procedimiento establecido por la Justicia para ello. En el supuesto que se solicite la presentación en formato papel, se remitirá una copia en ese formato de la totalidad del expediente digital certificada por un agente de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero.

1.11.9. Sin perjuicio de su digitalización para su incorporación mediante archivo “pdf” todos los documentos mencionados en el punto 1.11., se conservarán en su formato original en laGerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero y en un legajo debidamente identificado como vinculado al sumario.”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Graciela A. Haggi, Gerente de Asuntos Contenciosos en lo Financiero - Rubén Darío Narduzzi, Gerente Principal de Asuntos Contenciosos.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 02/02/2022 N° 3972/22 v. 02/02/2022

Fecha de publicación 02/02/2022