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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1334/2022

RESOL-2022-1334-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-37560752- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1428 del 7 de agosto de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE CULTURA, entre otras acciones: “Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación (…) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales (…) Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos”, y “Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión de contenidos educativos…”.

Que a su vez, entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de la citada Cartera, por el artículo 2° del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, se encuentran los de: “Diseñar y gestionar políticas y acciones para la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación. Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes” y: “Proponer y gestionar estrategias para la investigación del Patrimonio Cultural de la Nación y coordinar su instrumentación, contribuyendo a la promoción de la cultura y la formación ciudadana.”

Que asimismo, entre las acciones asignadas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de dicha Secretaría por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1428/20, se encuentran las de: “Fomentar la producción de información actualizada y de calidad que permita fundamentar adecuadamente la gestión patrimonial” y: “Proponer y elaborar planes y programas de investigación sobre los distintos temas y enfoques vinculados con el patrimonio cultural.”

Que en línea con tales objetivos, cabe apoyar la edición y publicación de libros que enriquezcan una perspectiva crítica de la gestión pública de museos y del patrimonio cultural.

Que así, se estima adecuado instituir la Convocatoria “Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos”, tendiente a promover y difundir producciones originales sobre el patrimonio cultural desde una diversidad de perspectivas y enfoques.

Que con tal iniciativa se procura fomentar la circulación de una bibliografía vinculada a la producción de conocimiento sobre este campo específico.

Que mediante la Convocatoria “Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos”, se entregarán DIEZ (10) subsidios por un monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-) a cada uno de los/las/les ganadores/as, destinados a contribuir con el pago de los gastos que les irrogue la preparación, producción y edición de las obras postuladas, conforme a las Bases y Condiciones que, como ANEXO I (IF-2022-72466943-APN-DNGP#MC) forman parte integrante de la presente medida.

Que, entonces, resulta procedente aprobar el citado concurso y el reglamento de bases y condiciones aplicable a él.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el Decreto Nº 882/21 de prórroga de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso g) del Decreto N° 101/85 y Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización de la Convocatoria “Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos”, de conformidad con las Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-72466943-APN-DNGP#MC) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000.-) a la atención del pago de los premios detallados en las Bases y Condiciones aprobadas por el Artículo 1°.

ARTÍCULO 3°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación de las bases y condiciones aprobadas en el Artículo 1° y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/08/2022 N° 63370/22 v. 17/08/2022

Fecha de publicación 17/08/2022