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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

Resolución 583/2022

RESOL-2022-583-APN-MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2022

VISTO el Expediente EX-2022-88457350- -APN-CGD#MMGYD, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 7 del 10 de diciembre de 2019 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.250 (t.o. 1992), los Decretos Nros. 101 del 16 de enero 1985 y 1344 del 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y,

CONSIDERANDO

Que el Día Internacional de la Mujer Indígena fue instituido el día 5 de septiembre en el marco del Segundo Encuentro de Organizaciones y Movimientos de América llevado adelante en el año 1983 en Tiahuanaco, Bolivia, en conmemoración de Bartolina Sisa, guerrera Aymara que se opuso a la dominación colonial y que fue asesinada en 1782 en La Paz, Bolivia.

Que las mujeres indígenas tienen un rol fundamental en sus comunidades y sus pueblos como guardianas de la cultura y lideresas espirituales.

Que la colonización tuvo un impacto muy particular en los pueblos y comunidades indígenas, porque transformó las formas y las relaciones entre varones y mujeres, así como los roles y mandatos que recaen en cada uno de ellos.

Que esta situación expone a las mujeres indígenas a diversas situaciones de violencia por motivos de género.

Que una perspectiva interseccional de las violencias por motivos de género permite tomar en consideración cómo diversos factores de discriminación inciden y agravan la generación y reproducción de situaciones de violencia por motivos de género contra mujeres indígenas.

Que, en la misma línea, una perspectiva intercultural permite tomar en consideración las distintas cosmovisiones y maneras de mirar, percibir y experimentar las situaciones de violencia por motivos de género.

Que el Día Internacional de la Mujer Indígena es una oportunidad fundamental para llevar adelante acciones que permitan el fortalecimiento y la promoción de la identidad cosmogónica de las comunidades, dado que la reivindicación de las cosmovisiones de los 39 pueblos que habitan la Argentina permite, a su vez, la desnaturalización de las violencias por motivos de género.

Que resulta fundamental, en el marco del Día Internacional de la Mujer Indígena, generar espacios de intercambio de saberes para tejer y compartir miradas sobre las experiencias y percepciones de las violencias por motivos de género contra personas indígenas, desde una perspectiva territorial, federal, interseccional e intercultural.

Que se destaca el trabajo de diversas cacicas, lideresas e integrantes de organizaciones de mujeres indígenas en la conmemoración del Día Internacional de la Mujer Indígena.

Que, el Decreto N°7/2019, modificatorio de la Ley de Ministerios, aprobó la creación y competencias del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD como respuesta al compromiso asumido para garantizar los derechos de las mujeres y diversidades, frente a toda forma de discriminación y violencia, y en pos de la construcción de una sociedad más igualitaria, siendo estos objetivos prioritarios de gobierno.

Que, atendiendo a los compromisos asumidos, este Ministerio tiene un particular y concreto interés en reconocer la importancia que posee el Día Internacional de la Mujer Indígena, y en organizar, facilitar y acompañar, por primera vez desde la creación del Ministerio, la organización del acto denominado “Día Internacional de la Mujer Indígena. Tejiendo derechos para prevenir la violencia por motivos de género”, a llevarse a cabo el día 5 de septiembre de 2022 en el Salón de los Pueblos Originarios, Casa Rosada, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la SUBSECRETARÍA DE PROGRAMAS ESPECIALES CONTRA LA VIOLENCIA POR RAZONES DE GÉNERO, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS CONTRA LA VIOLENCIA POR RAZONES DE GÉNERO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMIISTRACIÓN del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado la intervención que les corresponde.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en los artículos 23 ter y 4, inciso b), punto 6 de la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias, en el artículo 1°, inciso ll) del Decreto N° 101/85 y el artículo 35 del Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárense de interés las jornadas, foros y actividades que se llevarán a cabo en el marco del “Día Internacional de la Mujer Indígena”.

ARTÍCULO 2º.- Apruébese, para el acto denominado “Día Internacional de la Mujer Indígena. Tejiendo derechos para prevenir la violencia por motivos de género” a llevarse a cabo el día 5 de septiembre de 2022 en el Salón de los Pueblos Originarios, Casa Rosada, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Anexo I (IF-2022-91189672-APN-SSPEVRG#MMGYD) en el que se detallan las invitadas que fueron convocadas a asistir y, por lo tanto, requieren que el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD solvente sus traslados aéreos y terrestres, de conformidad con el artículo 35 del Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3º.- Autorízase al Servicio Administrativo Financiero (SAF 386), a arbitrar los medios necesarios a fin de abonar los gastos emergentes del presente acto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Elizabeth Gómez Alcorta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/09/2022 N° 68737/22 v. 01/09/2022

Fecha de publicación 01/09/2022