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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL

Resolución 65/2022

RESOL-2022-65-APN-SDC#MC

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-97824135- -APN-DGD#MC, la Resolución N° 1753 de fecha 14 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución N° 49 de fecha 11 de noviembre de 2022 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. N° 1753/22 (RESOL-2022-1753-APN-MC) se aprobó la tercera convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, y su reglamento de Bases y Condiciones, (IF-2022-97867174-APN-DNICUL#MC), que forma parte de la citada medida.

Que a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES se invitó a artesanos y artesanas de todo el país a participar de la tercera convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, a los fines de promover el desarrollo productivo artesanal e incentivar la actividad de manera sustentable

Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL es la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento de Bases y Condiciones aprobado y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, de acuerdo a lo indicado en el artículo 2° de la Resolución M.C. N° 1753/22.

Que en el punto 7.2 del Reglamento de Bases y Condiciones - ANEXO I (IF-2022-97867174-APN-DNICUL#MC) -, establece que la autoridad de aplicación está facultada para designar a los miembros del comité evaluador.

Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, a través de la Resolución S.D.C. N° 49/22 (RESOL-2022-49-APN-SDC#MC), designó como integrantes del comité evaluador al señor Luis Manuel SANJURJO (D.N.I. N°27.934.238), a la Señora Patricia DREIDEMIE (D.N.I. N°20.185.580), y a la Señora Adriana Lorena ANCHABA (D.N.I. N°24.198.318) .

Que el Jurado se ha reunido con fecha 14 de diciembre de 2022, procediendo a elaborar la nómina de beneficiarios de la tercera convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, mediante el ACTA-2022-134400012-APN-DNICUL#MC y su ANEXO I (IF-2022-134399857-APN-DNICUL#MC) que forman parte de la presente medida.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el Decreto N° 882/21 de prórroga de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas por el Decreto N° 50/19 y No 1344/07 y sus modificatorios, y la Resolución M.C. N° 1753/22.

Por ello,

LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la nómina de beneficiarios de la tercera convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal elaborada por el jurado y registrada como ACTA-2022-134414047-APN-DNICUL#MC y su ANEXO I (IF-2022-134413994-APN-DNICUL#MC) que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Disponer el pago de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($149.900.000.-) en favor de los beneficiarios seleccionados y aprobados por el Artículo 1° de la presente resolución, y autorizar el pago que pudiera corresponder en concepto de comisiones por el servicio prestado.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Maria Lucrecia Cardoso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/12/2022 N° 105113/22 v. 27/12/2022

Fecha de publicación 27/12/2022