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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL

Disposición 383/2023

DI-2023-383-APN-DNL#MT

Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2023

VISTO el EX-2022-42836869- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2023-279-APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en el RE-2022-42836707-APN-DGD#MT, en el RE-2022-94729213-APN-DGD#MT y en el RE-2022-137474976-APN-DGD#MT del EX-2022-42836869- -APN-DGD#MT, obran los acuerdos homologados por la Resolución citada en el Visto y registrados, respectivamente, bajo el Nº 367/23, el Nº 368/23 y el Nº 369/23, celebrados por el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTÁCULO PÚBLICO, PRIVADO, DIVERSIÓN, OCIO, JUEGO, CULTURA, ESPARCIMIENTO, ENTRETENIMIENTO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (S.U.T.E.P.) y la empresa PARQUE DE LA COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 296/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por los acuerdos precitados las partes pactaron incrementos salariales a partir del mes de marzo de 2022 y hasta marzo de 2023.

Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el informe técnico IF-2023-50411844-APN-DNRYRT#MT al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación de los promedios mensuales de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios resultantes.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por su similar DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivados de los acuerdos homologados por la RESOL-2023-279-APN-ST#MT y registrados bajo los números Nº 367/23, Nº 368/23 y Nº 369/23 conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO DI-2023-50413941-APN-DNRYRT#MT forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registren los importes promedio de las remuneraciones fijados por este acto y los topes indemnizatorios resultantes. Cumplido, procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Jorge Pablo Titiro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/05/2023 N° 35396/23 v. 17/05/2023

Fecha de publicación 17/05/2023