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3 de Diciembre de 2021

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1284/2023

RESOL-2023-1284-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-08419776- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 361 de fecha 10 de abril 2023 del MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución Nº 182 de fecha 18 de julio de 2023 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, y

CONSIDERANDO:

Que el Programa CULTURAS GAUCHAS tiene como finalidad visibilizar, apoyar y poner en valor, a través de recursos económicos y herramientas técnicas, a artistas, organizaciones sociales, y centros tradicionalistas, que impulsan actividades culturales de carácter rural en todo el territorio nacional, y a identidades locales que se forjan, así como al sentimiento de arraigo que se genera.

Que, en ese marco, por intermedio de la Resolución M.C. Nº 361/23 (RESOL-2023-361-APN-MC), se aprobó la Segunda Convocatoria Nacional del Programa “CULTURAS GAUCHAS”, destinando la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000.-) a la atención de los proyectos seleccionados.

Que, con el presupuesto asignado a la mentada Convocatoria, mediante la Resolución S.G.C. Nº 182/23 (RESOL-2023-182-APN-SGC#MC), resultaron seleccionados SETENTA Y TRES (73) proyectos en todo el país, que contarán con recursos destinados a solventar la realización de cada proyecto.

Que, sin perjuicio de la selección efectuada, se advierte que la Convocatoria referenciada tuvo una amplísima repercusión y demanda en términos de postulaciones concretadas, representativas de todas las regiones del país.

Que, existen numerosos proyectos que revisten interés y se encuentran en línea con los objetivos del Programa, aunque no integraron la nómina final de la selección efectuada.

Que, por esa razón, se ha resuelto destinar la suma adicional de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES ($32.000.000.-) para ampliar el universo de beneficiarios, incorporando nuevos proyectos hasta esa suma, únicamente entre aquellos que, habiéndose postulado a la quinta convocatoria, y habiendo también superado la etapa formal de admisibilidad, reúnan parámetros de elegibilidad en los términos del apartado 5) del reglamento técnico (IF-2023-37718532-APN-SGC#MC) aprobado por la Resolución M.C. Nº 361/2023 (RESOL-2023-361-APN-MC).

Que, en ese marco, corresponde aprobar el procedimiento para implementar este nuevo proceso de selección, en los términos que se mencionan en el considerando precedente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO han tomado la intervención de sus competencias.

Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con los objetivos enunciados en la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y las facultades previstas los Decretos Nº 101/85 y Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de selección destinado a ampliar la nómina de proyectos seleccionadas en la Segunda Convocatoria Nacional del Programa “CULTURAS GAUCHAS”, únicamente entre aquellos que, habiéndose postulado, y habiendo superado también la etapa formal de admisibilidad descripta en el apartado 5) del reglamento aprobado por Resolución M.C. Nº 361/23 (RESOL-2023-361-APN-MC), reúnan suficientes parámetros de elegibilidad de acuerdo con los criterios establecidos en dicha norma. Lo anterior, en los términos del ANEXO I (IF-2023-94367639-APN-SGC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Destinar hasta la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES ($32.000.000.-) a la atención de los gastos originados por la selección ordenada en el artículo 1º de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA - PROGRAMA 16.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/09/2023 N° 73398/23 v. 14/09/2023

Fecha de publicación 14/09/2023