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Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 873/2023

RESOL-2023-873-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-93655911-APN-DGRRHH#MSG, la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 210 del 26 de abril de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 172 del 9 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el VISTO tramita la asignación del pago de la Compensación Transitoria para personal contratado bajo las modalidades previstas por el artículo 9º del anexo a la Ley N° 25.164, equiparado al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), a favor del agente Francisco José FOLCO (D.N.I. N° 40.973.953).

Que mediante el Decreto N° 210/22, se homologó el Acta Acuerdo del 28 de diciembre de 2021, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que en la referida Acta Acuerdo se estableció que el personal que se hallare contratado bajo modalidades comprendidas en el artículo 9º de la Ley 25.164, que desarrolle funciones en puestos de la familia “Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)”, del Nomenclador de Puestos y Funciones, percibirá, dependiendo del tipo de funciones que desarrolle, una Compensación Transitoria que consistirá en una suma equivalente comprendida entre el QUINCE POR CIENTO (15%) y el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de la Asignación Básica del Nivel en que se encontrara equiparado o equiparada el o la agente.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 172/2022, se aprobó el “REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE COMPENSACIONES TRANSITORIAS PARA EL PERSONAL CONTRATADO BAJO LAS MODALIDADES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 9 DEL ANEXO DE LA LEY N° 25.164 EQUIPARADO AL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) Decreto N° 2098/08 ESTABLECIDAS EN RAZÓN DE LAS FUNCIONES DESEMPEÑADAS”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ha verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos para la asignación de la indicada compensación transitoria, correspondiente a la realización de funciones en puesto de la familia: “Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)”, en las condiciones previstas en el acta homologada por Decreto N° 210/22, la cual se encuentra incorporada en el ANEXO II “COMPENSACIONES TRANSITORIAS ALCANZADAS”, de la mencionada Resolución RESOL-2022-172-APN-SGYEP#JGM.

Que en cumplimiento de lo reglamentado por el artículo 6º del Anexo I de la referida Resolución, la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia, sin objetar la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 8° del Anexo I de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 172/22.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Asígnase, a partir del 1° día del mes siguiente al de la suscripción de la presente, el pago de la Compensación Transitoria por “Funciones generales de asistencia y soporte técnico” en tanto se ha acreditado el cumplimiento de la tarea específica de SOPORTE TÉCNICO INFORMÁTICO, la que asciende al VEINTE POR CIENTO (20%) de la Asignación Básica del Nivel E - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, al que se encuentra equiparado el agente Francisco José FOLCO (D.N.I. N° 40.973.953), en virtud de encontrarse contratado en el marco de lo establecido en el artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164.

ARTÍCULO 2°. Establécese que la compensación asignada en el artículo 1° de la presente, se mantendrá vigente por todo el tiempo que el agente continúe brindando servicios en el mismo puesto, función y dependencia en el que se encuentra a la fecha, y no se modifique su situación de revista en lo que respecta al Nivel escalafonario al cual estuviere equiparado.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a esta jurisdicción.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese al interesado, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

e. 29/11/2023 N° 96950/23 v. 29/11/2023

Fecha de publicación 29/11/2023