MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
Disposición 115/2024
DI-2024-115-APN-DNL#MT
Ciudad de Buenos Aires, 22/04/2024
VISTO el Expediente EX-2023-54865170- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Resolución RESOL-2023-2410-APN-ST#MT, la Disposición DI-2023-231-APN-DNL#MT, y
CONSIDERANDO:
Que en la página 1 del documento RE-2023-54895867-APN-DTD#JGM del presente expediente, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 2952/23, celebrado entre la FEDERACIÓN OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (F.O.N.I.V.A.) y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (F.A.I.I.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 438/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que en relación a ello se advierte que, previamente, mediante la Disposición DI-2023-231-APN-DNL#MT se fijaron los promedios de las remuneraciones de las cuales surgen los topes indemnizatorios con vigencia desde el 1º de octubre de 2022 y 1º abril de 2023 correspondientes al Acuerdo N° 3562/22.
Que en función de lo antedicho y atento a que las partes en el Acuerdo N° 2952/23 han actualizado los valores de las escalas salariales a partir del mes de abril de 2023 deviene necesario actualizar lo anteriormente fijado conforme se detalla en el Anexo de la presente.
Que, cabe destacar que la DI-2023-231-APN-DNL#MT, conserva su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto.
Que se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, DI-2023-213-APN-DNRYRT#MT y DI-2024-107-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello,
EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado del acuerdo homologado por la RESOL-2023-2410-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 2952/23, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO DI-2024-23095642-APN-DNRYRT#MT forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio con fecha de entrada en vigencia establecida para abril de 2023, fijados en la parte pertinente del IF-2023-29645850-APN-DNRYRT#MT que como ANEXO integra la DI-2023-231-APN-DNL#MT, derivados del Acuerdo N° 3562/22.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se tome conocimiento de lo dispuesto en el artículo precedente y asimismo se registre el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio fijados por el artículo 1° de la presente. Posteriormente procédase a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Pedro Diego Frankenthal
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/05/2024 N° 30012/24 v. 30/05/2024
Fecha de publicación 30/05/2024