ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO
Decisión Administrativa 1021/2024
DA-2024-1021-APN-JGM - Transfiérense agentes.
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-25893283-APN-DPS#IVE, las Leyes Nros. 21.906 y 25.164 y los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio y 2539 del 24 de noviembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia propiciada por el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL EJÉRCITO, entidad autárquica creada por la Ley N° 21.906, de OCHO (8) agentes civiles que revistan en la planta permanente de dicho organismo al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (EMGE), organismo desconcentrado del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que dicha transferencia se fundamenta en la necesidad de contar con los mencionados agentes, quienes poseen un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al Organismo de destino.
Que el personal civil cuyo movimiento se propone deberá encuadrarse conforme a la finalidad de sus funciones en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA - ex-IOSE), homologado por el Decreto Nº 2539/15.
Que por el artículo 31 del Decreto N° 2539/15 se estableció que el trabajador que se incorpore al régimen de carrera del referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial en los términos de los supuestos contemplados en la última frase del artículo 41 o en el artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo General, homologado por el Decreto N° 214/06, deberá ser ubicado en el Agrupamiento y Nivel escalafonario que corresponda con la función o puesto para el que hubiera sido seleccionado bajo el ordenamiento de origen y que será equiparado al grado que resultara del cómputo de la antigüedad acumulada, en los términos del inciso b) del artículo 134 de dicho Convenio Colectivo de Trabajo General.
Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para el personal involucrado, quienes han prestado conformidad a su transferencia.
Que, por lo expuesto, corresponde disponer la transferencia de los mencionados agentes.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, ha tomado la intervención que le compete.
Que han tomado la intervención de su competencia los servicios de asesoramiento jurídicos permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b) apartado IV del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Transfiérense a los agentes civiles de la planta permanente del INSTITUTO DE VIVIENDA DEL EJÉRCITO a la planta permanente del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE DEFENSA, equiparándose los cargos que se transfieren al escalafón establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA – ex-IOSE), homologado por el Decreto N° 2539/15, de conformidad con el detalle consignado en el ANEXO (IF-2024-135510001-APN-DGRRHH#MD) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1º de la presente medida se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios del organismo de origen.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Luis Petri
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/12/2024 N° 93400/24 v. 24/12/2024
Fecha de publicación 24/12/2024