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15 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 51/2025

RESOL-2025-51-APN-INAI#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2025

VISTO, el EX-2024-81323588-APN-INAI#JGM, la Ley 23302, las Resoluciones INAI Nº 624/08, Nº 737/14, y N° 345 y la RS-2025-14548201-APN-INAI#MJ, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 23.302 de fecha 12 de noviembre del año 1985 crea en su artículo 5° el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS (INAI) como entidad descentralizada con participación indígena como organismo de aplicación de la presente ley.

Que la ley citada en el considerando anterior declara en su Artículo 1 “…de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultura de la Nación…”.

Que por Resolución INAI Nº 624/08, de fecha 12 de noviembre de 2008, se establece el Consejo de Participación Indígena (CPI) en la órbita del INAI, con el objeto de garantizar a los Pueblos Indígenas su participación y consulta en las políticas públicas y demás intereses que los afectan.

Que por Resolución INAI Nº 737/14, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento del CPI del INAI, estableciendo una duracion de 3 años de los mandatos de sus representantes.

Que el mandato de representacion del CPI del pueblo TEHUELCHE de la provincia de CHUBUT, se encuentra vencido, siendo necesaria la renovación de sus dos vacantes.

Que a efectos de responder a la necesidad de renovar a los representante del CPI de las comunidades indígenas del pueblo TEHUELCHE de la provincia de CHUBUT, se ha realizado la asamblea eleccionaria correspondiente, el día 5 de abril del 2025, dando como resultado la elección como representantes ante el CPI del INAI al Sr. BARRERA MALIQUEO RAMON NICOLAS (DNI.: 31.818.323) y a la Sra. LIEMPICHUN CRISTINA SOLEDAD (DNI.: 30.350.773).

Que por lo tanto es necesario reconocer formalmente como integrante del CPI a las personas mencionadas en el considerando anterior y dar de baja de estas funciones al Sr. MUÑOZ ABEL LIRIO (DNI.: 14.398.737).

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INAI ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente de conformidad con las facultades emergentes de la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89, y el Decreto Nº 308/2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Reconózcase como representantes por el pueblo TEHUELCHE, de la Provincia de CHUBUT en el Consejo de Participación Indígena del INAI al Sr. BARRERA MALIQUEO RAMON NICOLAS (DNI.: 31.818.323) y a la Sra. LIEMPICHUN CRISTINA SOLEDAD (DNI.: 30.350.773) a partir del día 5 de abril del 2025 y por tres años consecutivos.

ARTICULO 2°.- Dese de baja en sus funciones de representantes del pueblo TEHUELCHE, de la Provincia de CHUBUT en el Consejo de Participacion Indigena del INAI al Sr. MUÑOZ ABEL LIRIO (DNI.: 14.398.737) a partir del 5 de abril del 2025.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Bernardo Avruj

e. 15/05/2025 N° 30061/25 v. 15/05/2025

Fecha de publicación 15/05/2025