ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 3281/2025
DI-2025-3281-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2025
VISTO el Expediente Electrónico EX-2025-26245350-APN-DVPS#ANMAT y;
CONSIDERANDO
Que en las actuaciones citadas en el VISTO el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS) recibió una denuncia sobre la comercialización de productos domisanitarios sin registro ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de marca Proquality maxx.
Que la denuncia se fundamentó en cuestionamientos sobre la autenticidad de los productos marca Proquality maxx que se promocionaban y publicitaban en la página web de la firma Abastecedora del Sur, https://abastecedoradelsur.com.ar/?80c856445e68, en la cual se ofrecían productos como: limpiadores, desengrasantes, aromatizantes, desinfectantes, entre otros.
Que la firma Quality Clean S.A. posee dos (2) productos registrados de la marca Proquality maxx que son lavavajillas “Proquality maxx DR15” EE-2022-14037461 y limpiador líquido desinfectante “Proquality maxx DR99”. RNPUD 0250055. DI-2022-7053-APN-ANMAT#MS
Que es de destacar que la firma Quality Clean S.A. cuenta con un registro en trámite de un producto desengrasante de la misma marca.
Que fiscalizadores del Servicio de Domisanitarios realizaron una inspección (OI: 2025/32-DVS-22) de Verificación de Buenas Prácticas de Fabricación y Control de Productos Domisanitarios a la firma Quality Clean S.A., bajo ACTA-2025-06026786-APN-DVPS#ANMAT, en donde se le consultó al Director Técnico sobre la elaboarción en el predio de productos domisanitario de marca Proquality maxx, indicando que los únicos productos que se elaboraban a pedido de un cliente son los registrados ante la ANMAT.
Que a partir de los datos relevados en la página web https://abastecedoradelsur.com.ar/?80c856445e68 se identificó el domicilio de la firma Abastecedora del Sur y se envió por correo físico una notificación informando que esta ANMAT había tomado conocimiento sobre la publicidad de los productos por plataformas de venta digital sin registro ante esta Administración Nacional, lo cual incurriría en un incumplimiento a la normativa vigente pero no se recibió respuesta de la firma.
Que por otro lado, se consultó a la Autoridad Sanitaria de la provincia de Buenos Aires por el registro de los productos que nos ocupan e informó que no encontraron registros del establecimiento ni de los productos en su jurisdicción.
Que por todo lo expuesto, y a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados de los que se desconocen las condiciones de manufactura, el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la DEGMPS sugirió prohibir el uso, la comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todas las presentaciones de los productos identificados como: Cera acrílica, proquality maxx; limpiador, DR355, proquality maxx; perfume de ropa, DR48, proquality maxx; cera autobrillo, DR26, proquality maxx; cera autobrillo, DR27, proquality maxx; perfume de ropa, DR47, proquality maxx; limpiador, FOAM CLEANER ULTRA, proquality maxx; gel silicona, DR44, proquality maxx; desincrustante, DR50, proquality maxx; limpiador multiuso, DR33, proquality maxx; limpia hornos, DR90, proquality maxx; limpiador, APC CLEANER ULTRA, proquality maxx; limpia alfombra, DR201, proquality maxx; abrillantador, DR42, proquality maxx; desmanchador, DR35, proquality maxx; limpiador, DR1, proquality maxx; lavandina en gel, DR21, proquality maxx; perfume de auto, proquality maxx; restaurador de cuero, DR37, proquality maxx; desodorante de piso, DR119, proquality maxx; desengrasante, DR38, proquality maxx; desengrasante, DR202, proquality maxx; decontaminante, DR91, proquality maxx; limpiavidrios, DR30, proquality maxx; cloro, DR23, proquality maxx; jabón líquido para ropa, DR81, proquality maxx; abrillantador, DR39, proquality maxx; limpiavidrios, DR31, proquality maxx; detergente, DR47, proquality maxx; limpiador, DR04, proquality maxx; lavandina, DR24, proquality maxx; limpiador, DR77, proquality maxx; detergente, DR50, proquality maxx; desengrasante, DR40, limpiador, APC CLEANER, proquality maxx; shampoo para auto, proquality maxx; sin registro ante ANMAT, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados.
Que finalmente, cabe señalar que esta Administración Nacional es competente para su dictado en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y que se encuentra sustentada en el inciso ñ) del artículo 8º de la citada norma
Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todas las presentaciones de los productos identificados como: Cera acrílica, proquality maxx; limpiador, DR355, proquality maxx; perfume de ropa, DR48, proquality maxx; cera autobrillo, DR26, proquality maxx; cera autobrillo, DR27, proquality maxx; perfume de ropa, DR47, proquality maxx; limpiador, FOAM CLEANER ULTRA, proquality maxx; gel silicona, DR44, proquality maxx; desincrustante, DR50, proquality maxx; limpiador multiuso, DR33, proquality maxx; limpia hornos, DR90, proquality maxx; limpiador, APC CLEANER ULTRA, proquality maxx; limpia alfombra, DR201, proquality maxx; abrillantador, DR42, proquality maxx; desmanchador, DR35, proquality maxx; limpiador, DR1, proquality maxx; lavandina en gel, DR21, proquality maxx; perfume de auto, proquality maxx; restaurador de cuero, DR37, proquality maxx; desodorante de piso, DR119, proquality maxx; desengrasante, DR38, proquality maxx; desengrasante, DR202, proquality maxx; decontaminante, DR91, proquality maxx; limpiavidrios, DR30, proquality maxx; cloro, DR23, proquality maxx; jabón líquido para ropa, DR81, proquality maxx; abrillantador, DR39, proquality maxx; limpiavidrios, DR31, proquality maxx; detergente, DR47, proquality maxx; limpiador, DR04, proquality maxx; lavandina, DR24, proquality maxx; limpiador, DR77, proquality maxx; detergente, DR50, proquality maxx; desengrasante, DR40, limpiador, APC CLEANER, proquality maxx; shampoo para auto, proquality maxx; sin registro ante ANMAT, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados
ARTÍCULO 2º: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aies, a la Dirección de Relaciones Institucionales y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.
Nelida Agustina Bisio
e. 19/05/2025 N° 32801/25 v. 19/05/2025
Fecha de publicación 19/05/2025