MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 267/2025
RESOL-2025-267-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2023-123851128-APN-SE#MEC, los Decretos Nros. 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 945 de fecha 16 de noviembre de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF, a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF).
Que por el Contrato de Préstamo 8484-AR de fecha 9 de octubre de 2015 suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BIRF, ambas partes de forma concurrente financian el Proyecto de Energías Renovables Para Zonas Rurales de Argentina (PERMER II).
Que mediante la Nota N° NO-2023-123757351-APN-SSEE#MEC de fecha 18 de octubre de 2023, la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, complementada por la Nota N° NO-2023-124848855-APN-SSEE#MEC, solicitó a la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el inicio del proceso de la contratación directa para los “Servicios de Solución Informática para la gestión y el monitoreo de datos y procesos para el Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER II) de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA”, en el marco del cierre del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (Préstamo BIRF 8484-AR) y su continuidad a través del Proyecto de Energía Limpia para Hogares y Comunidades Vulnerables (Préstamo BIRF N° 9521- AR), adjuntando las Especificaciones Técnicas (IF-2023-123745095-APN-SSEE#MEC) y el Análisis de soluciones informáticas para la gestión y el monitoreo de datos y procesos DEYEL (IF-2023-123745663-APN-SSEE#MEC).
Que a través de la Nota N° NO-2023-124007749-APN-DGPYPSYE#MEC de fecha 19 de octubre de 2023, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales solicitó a la Dirección General de Administración de Energía que le informase sobre la disponibilidad de partida presupuestaria para la respectiva contratación, la cual se realizaría bajo el Componente 3 del Préstamo BIRF 8484-AR “Respaldo para la implementación del Proyecto”, indicándose que el monto estimado ascendía a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS (USD 266.400), el cual se ejecutaría en su totalidad en el Ejercicio 2023, por el Servicio Administrativo Financiero (SAF) 328. En respuesta, la Dirección General de Administración de Energía informó mediante la Nota N° NO-2023- 125603840-APN-DGAE#MEC de fecha 23 de octubre de 2023 que de acuerdo a la información brindada por el Sistema e-SIDIF, existía crédito disponible en el Ejercicio 2023, para atender el citado gasto.
Que la documentación para llevar a cabo la Contratación directa de una Plataforma Informática de Gestión para el Proyecto y su continuidad obra incorporada a las presentes actuaciones como PLIEG-2023-124919687-APN- DGPYPSYE#MEC de fecha 27 de octubre de 2023.
Que mediante la Nota N° NO-2023-124924118-APN-DGPYPSYE#MEC de fecha 20 de octubre de 2023, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales cursó la invitación a ofertar a la firma OPTARIS S.A. para la adquisición de una “Plataforma Informática de Gestión para el Proyecto y su continuidad” en el marco del Programa (PERMER II), informando las condiciones para presentar la misma.
Que mediante la Providencia N° PV-2023-126818257-APN-SSEE#MEC de fecha 25 de octubre de 2023, la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA constituyó la Comisión Evaluadora con el fin de analizar las propuestas presentadas en el proceso de cotización de referida contratación.
Que con fecha 27 de octubre de 2023 se realizó el Acto de Apertura de la Oferta para la Contratación Directa, en la cual se consignó que la empresa OPTARIS S.A. había cotizado por un total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS (USD 266.311,32), impuestos incluidos (IF-2023-128760187-APN-DGPYPSYE#MEC).
Que con fecha 31 de octubre de 2023, se dejó constancia, mediante correos electrónicos, que no surgían objeciones por parte del Banco Mundial al “Plan de Adquisiciones enviado por la SECRETARÍA DE ENERGÍA para Argentina - P133288 - Argentina Renewable Energy for Rural Areas Project” (IF-2023-129343719-APN- DGPYPSYE#MEC).
Que, en consecuencia, la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió su Informe de Evaluación de Oferta de fecha 31 de octubre de 2023, en el cual concluyó que la oferta presentada por la firma OPTARIS S.A., se ajustaba a las especificaciones y requerimientos que justificaron la selección de la Plataforma Deyel para el desarrollo de la Plataforma Informática de Gestión del Proyecto PERMER II y su continuidad, en virtud de lo cual aconsejó la adjudicación del contrato a dicha firma (IF-2023-129580066-APN-DGPYPSYE#MEC).
Que mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 945 de fecha 16 de noviembre de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprobó el procedimiento realizado para los “Servicios de Solución Informática para la gestión y el monitoreo de datos y procesos para el Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER II) de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA” y por su Artículo 2° adjudicó dicha contratación a la firma OPTARIS S.A. por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE CON 32/100 (USD 266.311,32), impuestos incluidos.
Que la firma OPTARIS S.A. presentó la Póliza de Seguro de Caución N° 1590380, emitida por la compañía de seguros ASEGURADORA DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS (USD 26.632), con vigencia a partir del 21 de noviembre de 2023 hasta la extinción de las obligaciones del tomador, cuyo beneficiario era la SECRETARÍA DE ENERGÍA (IF-2023-138936230-APN-DER#MEC).
Que con fecha 22 de noviembre de 2023 fue suscripto el CONVENIO DE CONTRATO entre la SECRETARÍA DE ENERGÍA y la firma OPTARIS S.A. (CONVE-2023-139689284-APN-DDYL#MEC).
Que mediante comunicación del proveedor de fecha 26 de diciembre de 2023, se adjuntó la licencia de uso del sistema y su garantía, así como también una nota confirmando la entrega y tendiente a la certificación de los Hitos Nros. 1 y 2 (IF-2023-153111096-APN-SSEE#MEC).
Que posteriormente, la referida firma remitió un nuevo correo adjuntando el documento respecto a la cesión de la licencia no exclusiva de uso local (IF-2023-153112793-APN-SSEE#MEC).
Que, mediante comunicación realizada por el proveedor, de fecha 27 de diciembre de 2023, obran como adjuntos el informe de las tareas realizadas y los entregables para el Hito N° 3 del proyecto, a la espera de la certificación por parte de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (IF-2023-153114376-APN-SSEE#MEC).
Que la contratación adjudicada a la firma OPTARIS S.A. tuvo por objeto la selección de un desarrollo de Plataforma Informática de Gestión para el Proyecto PERMER II, para el relevamiento de actividades para usos productivos, con el fin de mejorar la eficiencia energética en hogares mediante el recambio de heladeras.
Que el Proyecto PERMER II (BIRF 8484-AR) en cuyo marco se realizó la adjudicación a la firma OPTARIS S.A. mediante la Resolución N° 945/23 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, finalizó el día 31 de diciembre de 2023.
Que nunca se suscribió la adenda para la incorporación del contrato adjudicado al Contrato del Préstamo BIRF 9521-AR, denominado “Proyecto de energía limpia para hogares y comunidades vulnerables”, debido a que el programa de recambio de equipos de refrigeración no fue implementado y fue discontinuado por esta Secretaría.
Que, en ese contexto el contrato adjudicado entre la firma OPTARIS S.A. y la SECRETARÍA DE ENERGÍA no contaba con otra fuente de financiamiento más que la del Préstamo BIRF 8484-AR, ya finalizado lo que obsta a su continuación, tornándose abstracto el objeto de la contratación.
Que por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 se declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de UN (1) año, y se delegaron en el PODER EJECUTIVO NACIONAL facultades vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, con arreglo a las bases allí establecidas y por el plazo indicado y se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a disponer la eliminación de contrataciones cuyo mantenimiento resulte innecesario.
Que en virtud de haberse tornado abstracto continuar con la contratación a raíz de que el desarrollo informático no cumple una finalidad necesaria y no cuenta con financiamiento actual, corresponde dar por terminada por conveniencia de la contratante, la contratación directa adjudicada a la firma OPTARIS S.A., mediante la Resolución N° 945/23 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
Que, en cumplimiento de lo estipulado en la Cláusula 5.2.1. del Punto D “Condiciones del Contrato” del Pliego (PLIEG-2023-124919687-APN-DGPYPSYE#MEC), se notificó a la firma contratista OPTARIS S.A. la terminación por conveniencia de la contratación directa a partir del 31 de diciembre de 2023, y adicionalmente se notificó a la Compañía ASEGURADORA DE CREDITOS Y CAUCIONES S.A., con el fin de la liberación, por baja, de la garantía constituida por la firma OPTARIS S.A. mediante la Póliza de Seguro de Caución N° 1590380, cuyo beneficiario era la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA (NO-2025-61390975-APN-SSTYPE#MEC).
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades conferidas en el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la terminación por conveniencia, a partir del 31 de diciembre de 2023, de la contratación directa adjudicada a la firma OPTARIS S.A. mediante la Resolución N° 945 de fecha 16 de noviembre de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA para la provisión de “Servicios de Solución Informática para la gestión y el monitoreo de datos y procesos para el Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER II), Préstamo BIRF 8484-AR, por la cual se suscribió el Contrato de fecha 22 de noviembre de 2023, entre la firma OPTARIS S.A. y la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA (CONVE-2023-139689284-APN-DDYL#MEC).
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la firma OPTARIS S.A.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la compañía de seguros ASEGURADORA DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS S.A. con el fin de la liberación, por baja, de la garantía constituida por la firma OPTARIS S.A. mediante la Póliza de Seguro de Caución N° 1590380, cuyo beneficiario era la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 19/06/2025 N° 42419/25 v. 19/06/2025
Fecha de publicación 19/06/2025