MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 673/2026
RESOL-2026-673-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2026
Visto el expediente EX-2025-141616003- -APN-UEETATEP#MEC, las leyes 23.696 y sus modificatorias y 27.742 y sus modificatorias, los decretos 695 del 2 de agosto de 2024, 286 del 24 de abril de 2025 y 416 del 17 de junio de 2025 y las resoluciones 1050 del 23 de julio de 2025 (RESOL-2025-1050-APN-MEC), 2090 del 23 de diciembre de 2025 (RESOL-2025-2090-APN-MEC) 281 del 8 de marzo de 2026 (RESOL-2026-281-APN-MEC), 364 del 19 de marzo de 2026 (RESOL-2026-364-APN-MEC) y 540 del 24 de abril de 2026 (RESOL-2026-540APN-MEC) todas ellas del Ministerio de Economía, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 7° de la ley 27.742 se declaró “sujeta a privatización”, en los términos y con los efectos de los capítulos II y III de la ley 23.696 y sus modificatorias, entre otras, a la empresa Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA).
Que ENARSA es titular del cincuenta por ciento (50%) de las acciones de la Compañía Inversora en Transmisión Eléctrica Citelec Sociedad Anónima (CITELEC S.A.), sociedad de inversión que controla a Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener Sociedad Anónima (TRANSENER S.A.) -titular de la concesión para la prestación del servicio de transporte de energía eléctrica a través de la red de energía eléctrica de alta tensión de la República Argentina-, que detenta en dicha firma el cincuenta y dos coma sesenta y cinco por ciento (52,65 %) del capital accionario total -como tenedora de todas las acciones clase A, representativas del cincuenta y uno por ciento (51 %) de dicho capital y del uno coma sesenta y cinco por ciento (1,65 %) de las acciones clase B-.
Que, asimismo, CITELEC S.A. es accionista minoritaria y controlante indirecta, a través de TRANSENER S.A., de las compañías Transener Internacional Ltda. -sociedad constituida bajo las leyes de la República Federativa de Brasil para la prestación de servicios en el mercado de transmisión de energía eléctrica en dicho país- y Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Provincia de Buenos Aires Sociedad Anónima (TRANSBA S.A.) -prestadora del servicio de transporte de energía eléctrica por distribución troncal de la provincia de Buenos Aires-.
Que por el decreto 286 del 24 de abril de 2025 se autorizó, en los términos del artículo 4° del anexo I del decreto 695 del 2 de agosto de 2024, el procedimiento para la privatización total de ENARSA -mediante la separación de las actividades y bienes de cada unidad de negocio de dicha empresa-, la que se desarrollará por etapas, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios y de la ejecución de las obras en curso que dicha empresa tiene a su cargo; ello en los términos de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que, en dicho marco, por el artículo 2° del citado decreto 286/2025 se autorizó la venta de las acciones integrantes del capital social de CITELEC S.A. de titularidad de ENARSA, mediante un concurso público con base, de alcance nacional e internacional, en los términos de los artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que la modalidad y el procedimiento de privatización referidos no prevén el otorgamiento de las preferencias a las que refiere el artículo 16 de la ley 23.696 y sus modificatorias, como tampoco la implementación de un programa de propiedad participada.
Que a través de los artículos 3° y 4° del citado decreto 286/2025 se instruyó a este Ministerio de Economía a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la venta dispuesta por el artículo 2° de dicha norma, y se facultó a dicho ministerio al dictado de las normas operativas y complementarias que resulten necesarias para su cumplimiento, con la intervención y asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, respectivamente.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 4° del anexo I del decreto 695/2024 y por la resolución 1050 del 23 de julio de 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-1050-APN-MEC), se inició el procedimiento de privatización de ENARSA SA., en una primera etapa, mediante la venta de las acciones de su titularidad en CITELEC S.A., a través de un concurso público con base, de alcance nacional e internacional, en los términos de los artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que mediante la resolución 2090 del 23 de diciembre de 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-2090APN-MEC), entre otras cuestiones: a) se autorizó el llamado al Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0002-CPU25; b) se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones (PLIEG-2025141690205-APN-SE#MEC); c) se ordenó la publicación de la convocatoria; d) se fijaron pautas para el desarrollo del procedimiento de selección, entre las que se encuentra el cronograma que fijó la fecha de la apertura de las ofertas etapa N° 1; y e) se creó la Comisión Evaluadora para el procedimiento de que se trata, designándose a sus integrantes.
Que en atención a lo dispuesto en los artículos 5° y 6° del anexo I al decreto 695/2024, se efectuaron las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la República Argentina, en los sitios web del Banco Mundial denominado “DGMARKET” y del Ministerio de Economía, conforme a lo establecido en el artículo 4° de la mencionada resolución 2090/2025 del Ministerio de Economía; asimismo, el acto de convocatoria fue difundido en el Sistema CONTRAT.AR.
Que, en el marco del citado procedimiento de selección se han emitido las Circulares Aclaratorias Nros. 1 (PLIEG-2026-23056392-APN-SE#MEC), 5 (PLIEG-2026-28789371-APN-SE#MEC) y 6 (PLIEG-2026-34886516-APN-SE#MEC), de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 7° de la resolución 2090/2025 del Ministerio de Economía.
Que así también, a través de las Circulares Modificatorias Nros. 2 (PLIEG-2026-23801227-APN-SE#MEC), 3 (PLIEG-2026-28257899-APN-SE#MEC) y 4 (PLIEG-2026-28257826-APN-SE#MEC), aprobadas, la primera por la resolución 281 del 8 de marzo de 2026 (RESOL-2026-281-APN-MEC) y las dos (2) citadas en último término por la resolución 364 del 19 de marzo de 2026 (RESOL-2026-364-APN-MEC), ambas del Ministerio de Economía, se prorrogó el cronograma fijado por la resolución de llamado y se introdujeron modificaciones al Pliego Único.
Que el 14 de abril de 2026 a las 10:00 horas, se realizó, de forma automática por la plataforma CONTRAT.AR, el Acta de Apertura de Ofertas correspondiente a la etapa N° 1 correspondientes a las firmas: i) CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-65030549-9); ii) EDISON TRANSMISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71934447-6) y GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66523411-4); y iii) EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) (CUIT N° 30-65511620-2).
Que, a través de la resolución 540 del 24 de abril de 2026 del Ministerio de Economía (RESOL-2026-540-APNMEC) se: a) aprobó lo actuado en el Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/20002-CPU25; b) precalificó las ofertas para el Renglón Único de las siguientes firmas: i) CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-65030549-9); ii) EDISON TRANSMISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71934447-6) y GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66523411-4); y iii) EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) (CUIT N° 30-65511620-2); y c) fijó la fecha para la apertura de las ofertas económicas (Sobre N° 2).
Que se efectuaron las correspondientes publicaciones en el sitio web oficial de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, en el sitio https://contratar.gob.ar y en el sitio web del Banco Mundial denominado “DGMARKET” en atención a lo dispuesto en el artículo 4° de la mencionada resolución 540/2026 del Ministerio de Economía; asimismo, el acto de precalificación fue publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Que el 28 de abril de 2026 se realizó de forma automática a través de la plataforma CONTRAT.AR el acto de apertura de los Sobres Nros. 2 de las ofertas económicas (cf., IF-2026-42617444-APN-UEETATEP#MEC).
Que de conformidad con el artículo 15.7 del Pliego Único de Bases y Condiciones (PLIEG-2025-141690205APN-SE#MEC), la Comisión Evaluadora ha emitido el Dictamen de Evaluación N° IF-2026-42903483-APNUEETATEP#MEC, por el cual ha recomendado el siguiente orden de mérito para el Renglón Único: i) EDISON TRANSMISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71934447-6) y GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66523411-4); ii) CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-65030549-9); y iii) EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) (CUIT N° 30-65511620-2).
Que, asimismo, la citada Comisión Evaluadora, ha recomendado adjudicar el citado concurso público al oferente primero en el orden de mérito integrado por las firmas EDISON TRANSMISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71934447-6) y GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66523411-4).
Que las referidas ofertas económicas resultan razonables a la luz de la tasación realizada por el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE S.A.), siendo superiores al precio base establecido para el Concurso Público Nacional e Internacional de marras (cf., NO-2025-141604849-APNVE#BICE).
Que, en consecuencia, corresponde en esta instancia aprobar lo actuado en la segunda etapa correspondiente al Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0002-CPU25; adjudicar el referido concurso público al oferente primero en orden de mérito, de acuerdo a lo recomendado por la Comisión Evaluadora en su Dictamen de Evaluación del Sobre N° 2 (cf., IF-2026-42903483-APN-UEETATEP#MEC); ubicar a las ofertas económicas en sus respectivos lugares en el orden de mérito correspondiente al renglón único y, conforme el artículo 17.1.1. del Pliego Único de Bases y Condiciones (PLIEG-2025-141690205-APNSE#MEC), fijar el plazo para la suscripción del Contrato de Compraventa de Acciones.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” ha tomado intervención de su competencia.
Que la Sindicatura General de la Nación ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la ley 27.742 y los artículos 3° y 4° del decreto 286/2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado en la segunda etapa correspondiente al Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0002-CPU25, para la venta de las acciones de la Compañía Inversora en Transmisión Eléctrica Citelec Sociedad Anónima (CITELEC S.A.) de titularidad de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA), en los términos de los artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase el Concurso Público Nacional e Internacional referido en el artículo 1° de esta medida al oferente primero en orden de mérito integrado por EDISON TRANSMISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71934447-6) y GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66523411-4) por el monto total de trescientos cincuenta y seis millones ciento setenta y cuatro mil ochocientos once dólares estadounidenses con setenta y ocho centavos (USD 356.174.811,78) sin Impuesto al Valor Agregado (IVA).
ARTÍCULO 3°.- Determínanse a las siguientes firmas oferentes en los lugares del orden de mérito, conforme el siguiente detalle: segunda en orden de mérito: CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 3365030549-9) por el monto total de trescientos un millones de dólares estadounidenses (USD 301.000.000) sin IVA; y tercera en el orden de mérito: EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) (CUIT N° 30-65511620-2) por el monto total de doscientos treinta millones de dólares estadounidenses (USD 230.000.000) sin IVA.
ARTÍCULO 4°.- Fíjase el plazo para la suscripción del Contrato de Compraventa de Acciones del objeto del Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0002-CPU25, en los términos del artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones (PLIEG-2025-141690205-APN-SE#MEC), en quince (15) días hábiles, que comenzarán a computarse desde el dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Publíquese la presente medida en el sitio web de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, en el sitio https://contratar.gob.ar y en el sitio web del Banco Mundial denominado “DGMARKET”.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese al domicilio electrónico constituido en sus ofertas a las firmas: CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-65030549-9); EDISON TRANSMISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71934447-6) y GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-66523411-4); y EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) (CUIT N° 30-65511620-2).
ARTÍCULO 7°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en el sitio web del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “CONTRAT.AR” https://contratar.gob.ar/
e. 12/05/2026 N° 30999/26 v. 12/05/2026
Fecha de publicación 12/05/2026