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10 de Junio de 2026

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SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución 534/2026

RESOL-2026-534-APN-SC

Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026- 40942521- -APN-DGDYD#SC, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.798, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 993 del 6 de noviembre de 2024, 958 del 25 de octubre de 2024 y 60 del 4 de febrero de 2025, la Decisión Administrativa N° 1 del 19 de enero de 2026, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2026 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio 2026.

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la asignación transitoria a partir del 30 de abril de 2026 de la función de Coordinador Operativo de Gestión del Museo Nacional de Bellas Artes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES de la SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, al abogado Mariano Pablo D’ANDREA (CUIL N° 23-21476372-9), quien reviste en la Planta Permanente del organismo en un Nivel B - Grado 8, Tramo General del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial Homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que por el Decreto N° 60/25 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 993/24 se incorporó la conformación organizativa, objetivos y ámbito de actuación de la SECRETARÍA DE CULTURA en la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado cargo, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, y del Artículo 15, inciso a), del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 111 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la asignación transitoria de funciones que se propicia por la presente resolución no podrá superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo determina el artículo 21 del Convenio Sectorial citado.

Que la presente asignación transitoria de funciones queda exceptuada de las restricciones establecidas en el artículo 1° del decreto 934/2025 y sus modificatorios, conforme lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2° de ese decreto.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 958/24 faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre otras cuestiones, a disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.

Que la presente medida se ha enmarcado conforme los lineamientos establecidos por la Resolución N° 20/24 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, certificó la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto de la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, ambas dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia en el marco del artículo 18 del Decreto N° 993 del 6 de noviembre de 2024.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 2° del Decreto 958/24.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Dase por asignada transitoriamente a partir del 30 de abril de 2026, la función de Coordinador Operativo de Gestión del Museo Nacional de Bellas Artes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES de la SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en un cargo Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, al abogado Mariano Pablo D’ANDREA (CUIL N° 23-21476372-9), quien reviste en la Planta Permanente del organismo en un Nivel B - Grado 8, Tramo General del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial Homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la asignación de funciones dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase el pago, con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 112 del del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, al agente mencionado de la Asignación Básica del nivel superior con los Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de revista, con más el Suplemento por Función Ejecutiva IV, conforme lo dispuesto en el artículo 109 del Convenio Colectivo citado.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Subjurisdicción 14 - SECRETARÍA DE CULTURA, para el Ejercicio 2026.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO .

ARTÍCULO 6°. Comuníquese, publíquese dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Leonardo Javier Cifelli

e. 10/06/2026 N° 39876/26 v. 10/06/2026

Fecha de publicación 10/06/2026